Conciliación

La conciliación, un medio muy adecuado de solución de controversias.

Para hablar de conciliación, empecemos por ponerla en contexto:

¿Qué son los MASC?

La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha supuesto una transformación integral de la estructura de nuestro sistema de Justicia y ha introducido los Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias (MASC), que se presentan como una alternativa o complemento a la jurisdicción tradicional, permitiendo a las partes alcanzar acuerdos evitando así un procedimiento judicial contencioso.

Anteriormente a dicha Ley, en el ordenamiento español se habían abordado figuras como el arbitraje o la mediación, sin embargo con escaso impacto práctico.

La revolución ha llegado con la Ley Orgánica 1/2025, que establece como requisito de procedibilidad para la admisión de la demanda en la mayoría de procedimientos civiles y mercantiles el intento previo de un MASC.

Tipología de MASC en España:

.- Mediación

.- Conciliación

.- Oferta vinculante confidencial

.- Negociación directa o por medio de abogados o en un proceso de Derecho colaborativo

.- Opinión de persona experta independiente.

¿En qué consiste la conciliación?

Se trata de un procedimiento voluntario, confidencial y regido por la buena fe en el que dos o más partes enfrentadas buscan alcanzar un acuerdo con la ayuda de un tercero imparcial -el conciliador- que puede formular propuestas de solución sin capacidad de imposición. El conciliador, que debe ser una persona con conocimientos técnicos o jurídicos relacionados con la materia de que se trate, inscrito como ejerciente en el colegio profesional correspondiente, ostenta un papel activo, orientando a las partes hacia acuerdos viables.

En consecuencia, mi actividad profesional como conciliadora implica aplicar el conocimiento jurídico, la experiencia en negociación y proponer soluciones jurídicamente válidas y eficaces. Nuestro sistema jurídico permite dar fuerza ejecutiva al acuerdo de conciliación mediante Acta ante el Letrado de la Administración de Justicia, escritura notarial o incorporación a proceso con homologación judicial.

Las ventajas de solventar el conflicto en conciliación o mediante otro tipo de MASC son innegables, ya que se resuelve eficazmente con menor coste económico, más rápido y menos desgaste emocional. 

El paradigma de resolución de conflictos ha cambiado y no debemos desaprovechar los instrumentos que nos ofrece actualmente nuestro marco legal. Contácteme, resolveré sus dudas y buscaremos la mejor opción.

¿Quiere más información?

No lo dude más y escríbame. Resolveré todas las dudas que tenga.

Torres Abogada
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.